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miércoles, 28 de diciembre de 2011

Chávez con MI información no te metas


 “Art. 29 CRBV Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre si misma o sobre bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad,…”




¿En qué momento consentí que el Presidente me enviara un mensaje de “Navidad” a mi celular?

¿Qué pasaría si yo no fuera cristiana?, ¿no sería esto considerado un ataque a la libertad religiosa (Art. 59 CRBV)?, ¿una muestra de que el Estado no es secular?

¿En qué momento autoricé a cualquier órgano de la Administración Pública a enviarme, en nombre del Presidente un  mensaje plagado de jerga militar en donde me dicen que yo estoy celebrando con ellos el camino a la “Patria Buena Bonita”?

Qué ocurre si no soy chavista, ¿una manifestación de totalitarismo y violación a la libertad de pensamiento?

La verdad es que si en vez de estar hablando del Presidente estuviéramos hablando de un partido de la oposición o más allá de eso, de una compañía podríamos demandarles ante el INDEPABIS, por enviarnos mensajes sin nuestro permiso, por abuso y, sin duda, nuestra demanda prosperaría.

Pero cuando es el Estado la que abusa en esta tierra sin ley, ¿A dónde vamos? ¿Ante quién introducimos el recurso de amparo? ¿Cómo hago para acusar al Presidente de acoso? ¿Será que puedo darme “de baja” de esa lista macabra en la que estoy metida y que me hizo receptora del nefasto mensaje?

Definitivamente en este país la Sra. Justicia sí que está ciega…


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